La tecnología no solo ha cambiado nuestra forma de comunicarnos, también ha modificado la forma de trabajar, integrando nuevas modalidades como es el teletrabajo.
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El teletrabajo es una forma de organización laboral dentro de un contrato laboral dependiente, el que consiste en el desempeño de actividades remuneradas que utilizan como soporte las tecnologías de la información y de la comunicación para el contacto entre empleador y trabajador, sin requerir que el trabajador permanezca en un sitio específico de trabajo de manera física.
Eres un teletrabajador si tienes una relación laboral dependiente, utilizas las tecnologías de la información y comunicación como medio o fin para realizar tu trabajo fuera de las locaciones de tu empleador.
Debes tener un contrato de trabajo escrito donde, además de los requisitos habituales como lugar y fecha de la celebración del contrato, funciones, identificación de las partes, remuneración, forma y periodos de pago, naturaleza del trabajo, entre otros, deberá indicar: Las condiciones de servicio, los medios tecnológicos y de ambiente requeridos y la forma de ejecutar el tiempo, los días y los horarios en que tú como teletrabajador realizarás las actividades para que no se desconozca la jornada laboral máxima permitida, delimitar la responsabilidad en caso de accidente laboral, la responsabilidad en cuanto a la custodia de los elementos de trabajo, cómo debes entregarlos al finalizar la modalidad de teletrabajo y las medidas de seguridad informática que debes conocer y cumplir.
Tienes derecho al pago de todo lo relacionado con el Sistema de Seguridad Social, Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales así como a Caja de Compensación Familiar.
Te los deben pagar a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA.
No, el empleador debe promover la igualdad en cuanto a la remuneración, capacitación, formación, acceso a mejores oportunidades laborales y los demás derechos fundamentales en materia laboral.
Se consigna en el reglamento interno de la empresa por el empleador quien a su vez debe informar al teletrabajador acerca de las restricciones, propiedad intelectual, seguridad de la información y las sanciones por incumplimiento.